Respuesta corta: si tu vuelo llegó al destino final con 3 horas o más de retraso, tienes derecho a una compensación de 250, 400 o 600 € según la distancia, salvo que la aerolínea pruebe que se debió a circunstancias extraordinarias. Lo estableció el Tribunal de Justicia de la UE en la sentencia Sturgeon (C-402/07), que equiparó los grandes retrasos a las cancelaciones. Además, mientras esperas te deben comida y, si hace falta, hotel.
Cuánto te corresponde
| Distancia del vuelo | Compensación | Se reduce al 50% si el vuelo alternativo llega con un retraso de hasta… |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € | 2 horas |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, y de 1.500 a 3.500 km en el resto | 400 € | 3 horas |
| Más de 3.500 km (fuera de la UE) | 600 € | 4 horas |
El retraso se mide en la hora de llegada, cuando se abre al menos una puerta del avión y los pasajeros pueden salir (sentencia Germanwings, C-452/13), no cuando las ruedas tocan la pista. Si el retraso a la salida es de 5 horas o más y decides no viajar, puedes pedir el reembolso del billete.
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Causas que no libran a la aerolínea
- Averías técnicas y problemas de mantenimiento (ver caso).
- Huelgas de su propio personal (ver caso).
- Retrasos acumulados de vuelos anteriores del mismo avión por causas organizativas.
- Falta de tripulación o enfermedad de un tripulante.
Sí pueden librarla el mal tiempo que impide volar, las restricciones del control aéreo, los riesgos de seguridad o una huelga de controladores. En esos casos debe probarlo y demostrar que hizo lo razonable para reducir el retraso.
Si la aerolínea no responde
- Reclama primero a la aerolínea por escrito (formulario web, email o correo certificado) y guarda el justificante con la fecha. Tienes hasta cinco años desde el vuelo para hacerlo.
- Espera un mes. Si no contestan o la respuesta no te convence, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Para vuelos desde el 2 de junio de 2023, su decisión es vinculante para la aerolínea. Tienes un año desde tu reclamación previa para presentarla y es gratis.
- Vía judicial si hace falta: para reclamaciones de hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador (juicio verbal). Si acudes antes al juzgado, AESA no admitirá tu reclamación.
Preguntas frecuentes
¿El retraso se cuenta al despegar o al aterrizar?
Al llegar: cuenta la hora en que se abre al menos una puerta del avión y los pasajeros pueden desembarcar.
Mi vuelo salió 3 horas tarde pero llegó con 2 h 50 min, ¿puedo reclamar?
No hay compensación fija, porque lo que cuenta es el retraso en la llegada. Sí tienes derecho a la asistencia (comida) mientras esperabas.
¿Cuántos años tengo para reclamar un retraso?
En España, cinco años desde el vuelo.
¿La compensación es por persona?
Sí, cada pasajero con reserva tiene derecho a su compensación, incluidos los niños que pagaron billete.
Otras reclamaciones relacionadas
Fuentes oficiales
- Reglamento (CE) 261/2004 de derechos de los pasajeros aéreos (EUR-Lex)
- AESA: resolución alternativa de litigios (reclamaciones vinculantes para la aerolínea)
- Tu Europa: derechos de los pasajeros aéreos