Respuesta corta: cuando te ponen una multa con un coche de alquiler, la empresa debe identificarte como conductor ante la autoridad y muchas te cobran una tasa de gestión por ello. Solo puede cobrarla si figuraba claramente en el contrato y si su importe es proporcionado al trabajo real. Si no aparecía en el contrato, si es desproporcionada o si la multa ni siquiera era tuya, puedes reclamar la devolución.
Cuándo puedes reclamar
- La tasa no figuraba en el contrato ni en las condiciones que aceptaste.
- El importe es desproporcionado: las cláusulas que imponen al consumidor cargos que no responden a un servicio real pueden ser abusivas.
- La multa corresponde a una fecha u hora en que no tenías el coche.
- Te cobraron la tasa y además el importe de la multa, cuando esta te la notificará directamente la administración.
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Cómo reclamar
- Reclama por escrito a la empresa y pide las pruebas del cargo (fotos fechadas, informe de daños, factura de reparación).
- Si te cobraron en tarjeta sin tu autorización o por un servicio que no corresponde, pide a tu banco la retrocesión del cargo (chargeback) aportando tu reclamación.
- Acude a la oficina de consumo o a la Junta Arbitral de Consumo si la empresa está adherida. Si la empresa es de otro país de la UE, al Centro Europeo del Consumidor.
- Juzgado: hasta 2.000 € sin abogado ni procurador.
Preguntas frecuentes
¿Es legal que me cobren por identificarme en una multa?
Puede serlo si estaba claramente en el contrato y el importe es razonable. Si no, reclama.
¿Me llegará también la multa?
Sí. La empresa identifica al conductor y la administración te notifica la sanción directamente, con la posibilidad de pagarla con descuento o recurrirla.
¿Puedo recurrir la multa?
Sí, ante el organismo que la impuso, dentro del plazo que figura en la notificación.
Otras reclamaciones relacionadas
Fuentes oficiales
- Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (BOE)
- Centro Europeo del Consumidor en España